“Si me pasa algo, es por pedir justicia”. La frase, escrita por una vecina de Alberti Valeria Zabala, en sus redes sociales, no parece una simple publicación más. Es el relato de una mujer que asegura sentirse amenazada, que dice temer por su libertad y su integridad física y que decidió dejar constancia pública de lo que está viviendo.
“Soy pobre, pido justicia y hoy sufrí el anuncio de que mi libertad depende de callarme la boca”, escribió. Y agregó una frase todavía más grave: “Sepanlo. Si me pasa algo es por pedir justicia y tener un poquito de respeto sobre mis derechos y los de mis hijos”.
Detrás de esas palabras aparece una historia atravesada por los tribunales, las visitas a un penal y el dolor de una madre que asegura haber pasado años recorriendo “los pasillos fríos” de una cárcel, soportando madrugadas a la intemperie, lluvia, heladas y sol para poder ver a un hijo. “Ojalá nunca les toque esperar en la cola para entrar a ver a un hijo o un hermano sintiendo la helada sobre su cabeza. Ojalá nunca sean presa del dedo que les marque la vida”, escribió.

Pero el episodio que, según su propio relato, terminó de quebrar el silencio tiene una fecha precisa: el 3 de octubre, su cumpleaños. Cuenta que ese día estuvo sentada frente al juzgado viendo a su hijo esposado y que, al salir, “le negaron todo”, pese a que según sostiene “no hay una sola prueba”.
La mujer reconoce que sus publicaciones generan repercusión. “Yo sé que mis estados repercuten, pero no alcanza para que todo cambie”, expresó. Y detrás de esa frase aparece una pregunta que excede su situación personal: ¿qué sucede cuando una persona que reclama justicia siente que hablar puede poner en riesgo su propia libertad?
El planteo también obliga a recordar que la libertad de expresión tiene una protección particularmente amplia cuando se trata de asuntos de interés público. El artículo 109 del Código Penal establece que no configuran delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. El artículo 110 establece una regla similar para las injurias y también excluye los calificativos relacionados con cuestiones de interés público.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha desarrollado además una doctrina que protege especialmente las críticas sobre la actuación de funcionarios y la gestión pública. En el precedente “Amarilla”, el máximo tribunal sostuvo que las críticas al desempeño de las funciones públicas, incluso cuando sean duras, vehementes o ásperas, merecen una protección constitucional particularmente fuerte. En “Patitó”, la Corte volvió a remarcar la relevancia del interés público y diferenció entre afirmaciones de hechos y opiniones críticas.
En Alberti, mientras tanto, queda una denuncia pública que merece algo más que silencio. Una mujer dice sentir que su libertad puede estar condicionada a callarse. Dice que teme por su integridad. Habla de un hijo esposado, de tribunales, de años de dolor y de una justicia que según su versión todavía no le dio respuestas.
Y termina con una frase que resume el drama: “Macabro pero real”.
